Seguidamente el Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara legalmente embargado preventivamente las cantidades de dinero que le pueda corresponder al ciudadano EUDIO ENRIQUE CRESPO, por vía de pago judicial o extrajudicial, transacción judicial o extrajudicial, convenimiento, acuerdo entre las partes o las cantidades que acuerde el tribunal en sentencia judicial o arroje cualquier experticia complementaria del fallo a favor del intimado antes identificado, hasta cubrir la cantidad de TRESCIENTOS DIECISIETE MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE BOLIVARES CON 33/100 (Bs 317.227,33). Se le informa al notificado que una vez retenidas las cantidades referidas sobre los conceptos antes mencionados, deberán ser remitidas en cheque de gerencia a la orden del JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Maracaibo, al Expediente Nº 1.....