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Decisiones del dia 28/09/2010

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Decimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Maracaibo.
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : VP01-L-2008-002442 N° Sentencia : 197-2010 Fecha: 28/09/2010
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
WILLIAN FUENMAYOR VS. VIGILANTES LAUREL C.A.
Resumen:
...........este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, así como de conformidad con lo dispuesto en los artículos 593 y 594 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, declara formalmente embargados los créditos que puedan existir, hasta por la cantidad de Bs. MIL CUATROCIENTOS BOLÍVARES CON CINCUENTA Y CUATRO CENTIMOS (BS. 1.454,54); por lo tanto las notificadas COOPERATIVA RESPUESTOS AUTOMOTRICES PRIMERO DE MAYO y REPUESTOS AUTOMOTRICES CECILIO ACOSTA, no pueden efectuar ningún pago a la empresa VIGILANTES LAUREL, C.A., hasta tanto no cancele con prioridad la suma embargada en este acto. Así se establece. De igual forma y de conformidad con la norma adjetiva civil antes indicada se otorga un lapso de quince (15) días hábiles, para que cumpla con lo ordenado en la prese.....
Juez/Ponente:
Judith Castro
Organo:
Juzgado Decimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Maracaibo.
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N° Expediente : VP01-L-2008-002478 N° Sentencia : 198-2010 Fecha: 28/09/2010
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
ANTONIO SERRANO VS. VIGILANTES LAUREL C.A.
Resumen:
............ este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, así como de conformidad con lo dispuesto en los artículos 593 y 594 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, declara formalmente embargados los créditos que puedan existir, hasta por la cantidad de Bs. DIECISIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES BOLÍVARES CON NUEVE CÉNTIMOS (17.333,09) por lo tanto las notificadas COOPERATIVA RESPUESTOS AUTOMOTRICES PRIMERO DE MAYO y REPUESTOS AUTOMOTRICES CECILIO ACOSTA, no pueden efectuar ningún pago a la empresa VIGILANTES LAUREL, C.A., hasta tanto no cancele con prioridad la suma embargada en este acto. Así se establece. De igual forma y de conformidad con la norma adjetiva civil antes indicada se otorga un lapso de quince (15) días hábiles, para que cumpla con lo ordenado en .....
Juez/Ponente:
Judith Castro
Organo:
Juzgado Decimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Maracaibo.
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