Visto que efectivamente el ciudadano ha sido presentado de conformidad con el articulo 236 del Código Orgánico Procesal Penal y en atención a lo previsto en el articulo 44 ordinal 1° de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, este Tribunal también evidencia que el ciudadano ROBERTS NERIAH LOUIS ha sido presentado respetando la Norma Constitucional en cuanto a su detención se refiere, así mismo se evidencia de las actas, que el ciudadano APARECE REQUERIDO, en virtud de solicitud de aprehensión y extradición con Notificación Roja número A-682/3-2009, emanada de la Oficina Central Nacional de Interpol Washington, D.C. por el Delito de Homicidio, constando en las mismas actas que el ciudadano se desplazó a Venezuela el 13 de febrero de 2008, materializándose la misma en fecha 27 de agosto del presente año, en virtud de tal solicitud, este Tribunal resguardando el debido proceso consagrado en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y de .....