VII
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE el recurso de apelación presentado por el profesional del derecho JOSÉ GREGORIO RIVAS PÉREZ, actuando con el carácter de Defensor Público Vigésimo Quinto (25) adscrito a la Unidad de Defensa Pública del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, en su condición de defensor del ciudadano LUÍS ENRIQUE RONDÓN VILLARREAL, portador de la cédula de identidad Nro. 21.356.460; contra el acta de fecha treinta y uno (31) de Julio de 2013, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual con ocasión a la celebración de la audiencia preliminar, admitió totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Décimo Séptima del Ministerio Público, a.....