Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el cuaderno separado de medida correspondiente al juicio que por LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL sigue la ciudadana NAIRA ARIZA CARRILLO, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad N° V-7.890.234, en contra del ciudadano ENRRY TORRES OCANTO, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad N° V-9.171.156; declara:
ÚNICO: SE DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre el cincuenta por ciento (50%) de las prestaciones sociales, fondo de ahorro, fideicomiso, vacaciones y utilidades que le puedan corresponder al ciudadano ENRRY TORRES OCANTO como trabajador de las empresas PDVSA Petróleo, S.A., y Petroquiriquire S.A., desde el día 03 de febrero de 1990, hasta el día .....