III.- DISPOSITIVO.
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO de conformidad con el Artículo 185 del Código Civil Venezolano y acogiéndonos al criterio vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia 63-15 de fecha Dos (02) de Junio del año Dos Mil Quince (2.015), propuesta por los ciudadanos JULIO CESAR MONTAÑO PULGAR y ALEXANDRA PAOLA PARRA SANTANA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, portadores de las cedulas de identidad números V-16.622.687 y V-20.146.728, números de contacto 0412-7803626 y 0414-6678976, correos electrónico juliomon@gmail.com y alexpa@gmail.com, respectivamente, domiciliados en el Municipio Machiques de Perija del Estado Zulia. En consecuencia, se declara.....