En virtud de lo antes argumentado, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la liquidación y partición de bienes de la comunidad conyugal en sede de jurisdicción voluntaria, interpuesta por los ciudadanos MARLENE GRACIELA CACERES Y ARTURO OCTAVIO GARCIA VILLASMIL, ya identificados, asistidos por la abogada TRINA SARMIENTO LEON, inscrita en el inpreabogado No. 51.996, en la forma acordada por ellos, el cual fue reproducido en este fallo, y le imparte carácter de cosa juzgada.- ASI SE DECIDE.- Asunto sustanciado en el No. 2102-2022 nomenclatura interna de este Tribunal.- Expídanse las copias certificadas de la presente decisión que ameriten las partes y devuélvanse los documentos que se encuentren en original previa certificación de los mismos.-