VISTOS Y ANALIZADOS LOS ANTERIORES PARTICULARES, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: : PRIMERO: Se Niega la Solicitud de Entrega del Vehículo Clase: Camioneta, Marca: Daihatsu, Modelo: Terios Cool Automático, Tipo: Sport Wagon, año 2006, Color: Plata, serial de carrocería: 8XAJ122G069528592, Serial de Motor: 4 cilindros, Placa: BBL37V, de Uso: Particular, realizada por el Ciudadano Wilme Ramón Vizcaíno, quien es de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 16.546.362, en su condición de solicitante y Apoderado del Ciudadano Carol Yuriel Planas Morian, de nacionalidad Venezolana, de estado civil soltero y titular de la cédula de identidad Nº 13.583.696, según consta del Poder otorgado a su persona, en fecha veintiocho (28) de diciembre de 2.....