Con base a los argumentos precedentes este Juzgado Undécimo De Los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada Y San Francisco De La Circunscripción Judicial Del Estado Zulia declara en conclusión:
1) EXTINGUIDO: Éste proceso, por cuanto la parte demandante no cumplió con la subsanación prevista por el artículo 354 del Código de Procedimiento Civil. Todo esto, en relación al juicio que sigue el ciudadano MAZEROSKY PORTILLO, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado Nº 120.268, de este domicilio, en contra de la S.M. COMPLEJO INDUSTRIAL LICORERO DEL CENTRO C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 8 de agosto del 2000, Nº 74, tomo 135-A-pro, en la persona de su Gerente y Representante legal EDICSON ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.433.040, asistido por la abogado ROSSANA GÓMEZ, venezolana, mayor de edad, con el Inpreabogado Nº 148.736, de este do.....