Vista las anteriores consideraciones y con el objeto de mantener un equilibrio Procesal de Derecho y de Justicia Social, este Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA intentada por el ciudadano MIGUEL ÁNGEL ALONSO JAUREGUI, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nª V-4.820.230, contra la SOCIEDAD MERCANTIL MARKET, COLOR, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 26 de enero del 2009, bajo el Nª 12, Tomo 3-A, con Rif. J-29707786-3, representada por los ciudadanos BEATRIZ ELENA ACUÑA HERNÁNDEZ y/o JULIO CÉSAR SUCRE VELÁSQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.269.591 y 10.306.401, respectivam.....