Mediante auto se DECLARA LA PRESCRICION DE LA ACCION PENAL, de la causa seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito LESIONES PERSONALES LEVES en perjuicio del ciudadano CARLOS LUIS RODRIGUEZ ROJAS y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA conforme a los artículos 615, 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del adolescente, Artículos 19 y 24 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela.-