Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley en la INHIBICIÓN formulada por la Dra. MARIA CRISTINA MORALES, Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en el procedimiento de INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES interpuesto por la profesional del derecho REBECA DEL GALLEGO DE MACHADO en contra de los ciudadanos MARTHA CECILIA MEDINA, FRANCISCO JUNIOR DUARTE y la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES DUARTE MEDINA, C.A. (INDUMECA), declara:
¿ CON LUGAR la inhibición propuesta por la Dra. Maria Cristina Morales, en su carácter de Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas.
¿ Se ordena remitir las presentes actuaciones al a-quo.
¿ No se hace.....