El Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, constituido como Tribunal Unipersonal, declara INCULPABLE y en consecuencia, ABSUELVE al ciudadano NAYERLON DE LOS ANGELES CHOURIO AMESTY, Venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, de 26 años de edad, fecha de nacimiento 16/12/81, soltero, Técnico en Reparación y Mantenimiento de Refrigeración, titular de la Cedula de Identidad N° 15.765.323 y residenciado en la Urbanización San Felipe, Calle14, Sector 1, Casa 24, a una cuadra antes del Deposito Imperio, en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, de la comisión del delito de ROBO CON USO DE VIOLENCIA Y AMENAZAS, previsto y sancionado en el Artículo 456 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano MARIE MAURE CONTRERAS CANELONES. Por cuanto el ciudadano NAYERLON DE LOS ANGELES CHOURIO AMESTY, se encontra.....