Por lo tanto con estos documentos y dejando a salvo los derechos de terceros, conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos: SIDNEY FATIMA FARIA DE PAZ, HELY JOSE PAZ LUGO, HECTOR HELY PAZ LUGO, INGRID SOFIA PAZ LUGO, ALEJANDRA EMPERATRIZ PAZ FARIA, CYNTHIA PAOLA PAZ DE CHINIRINOS, y HELY SAUL PAZ FARIA, del causante HELY SAUL PAZ PAZ. Devuélvanse los documentos originales y déjese copia certificada de los mismos para que repose en los archivos de este Tribunal, así como expedir las copias certificadas solicitadas.