En consecuencia, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Machiques de Perijá, El Rosario de Perijá y La Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formalmente embargado preventivamente el bien mueble (vehículo) anteriormente señalado, descrito y avaluado y hasta por la cantidad de CUARENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. F. 45.000oo) y hace entrega del mismo al Estacionamiento Judicial Perijá Compañía Anónima (ESPECA) en su condición de Depositaria Judicial Provisional, a los efectos de su guarda y custodia.