CON LUGAR el Recurso de Apelación incoado por la parte demandada.REVOCA el Auto dictado en fecha siete (07) de junio de 2011 y ratificado en fecha y ocho (08) de junio de 2011 por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, y REPONE la causa al estado procesal de que dicho Juzgado notifique a los terceros solicitados y se les garantice a las partes el ejercicio del derecho a la defensa y al debido proceso, y fije la Oportunidad para la celebración de la Audiencia Preliminar una vez que consten en Autos las constancias de las notificaciones practicadas.