este Juzgado Primero de Ejecución de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con el articulo 647 literal "F" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente , relativo a controlar o denegar cualquier beneficio, acuerda: PRIMERO: Negar la solicitud realizada por la Defensa Pública Segunda Especializada Encargada de la fase de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente de la Unidad de la Defensa Pública del Estado Zulia, ABOG JEILEN CAMBAR, en su carácter de Defensor del adolescente sancionado (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNNA), del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, quien fuera sancionado por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO en la Ejecución del delito de Robo Agravado en calidad de Coautor, previsto en el artículo 406 Ordinal 1ro en concordancia con el artículo 83 ambos del Código Pen.....