Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA NEGAR LA FÓRMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE LA PENA DE DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO Ó RÉGIMEN ABIERTO, AL PENADO GABRIEL JUNIOR OLIVEROS RAMÍREZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de Nacimiento 21-07-81, de 23 años de edad, de Estado Civil Soltero, de Profesión u Oficio Ayudante de Albañilería, Indocumentado, hijo de los Ciudadanos Gabriel Oliveros y de Beatriz Josefina González, y residenciado en Santa Rosa de Agua, Abastos El Silencio, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, por no cumplir con los requisitos exigidos en el artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, en concordancia con el Artículo 501 del Código Orgánico Procesal Pena.....