este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Régimen Transitorio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, de por consumado el desistimiento contenido en este escrito, dando por concluido el proceso y se proceda como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, ordenando el archivo de expediente respectivo, luego de que conste en él, el cumplimientos de las obligaciones accesorios por pago de honorarios aquí convenidos. Es todo, termino, se leyó y conformen firman.-