IV
DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185 del Código Civil, presentada por la Profesional del Derecho LORENA NATALIA FRONTADO NAVA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matricula 166.501, actuando en nombre y representación de los ciudadanos KLEIVER GEOVANNY GRATEROL VARGAS y ROSA ELOINA LINARES SOTO, titulares de las cédulas de identidad números V-16.303.567 y V-17.912.144, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha catorce (14) de Octubre del año dos mil once (2011), por ante Registrador Civil de la Parroquia Pueblo Nuevo del Municipio Baralt, estado Zulia, inserta bajo el Nº 68, Folio: 068,.....