Este Tribunal observa que la demanda fue estimada en la cantidad de TRES MILLONES DE BOLIVARES (3.000.000,00 Bs.), y al folio noventa y dos (92) corre inserto escrito mediante el cual la parte actora indica que el equivalente en unidades tributaria es la cantidad de DIEZ MIL UNIDADES TRIBUTARIAS ( 10.000 UT ) monto que excede el límite de competencia por la Cuantía, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta se declara INCOMPETENTE en razón de la Cuantía, para conocer de la presente demanda, en consecuencia DECLINA LA COMPETENCIA a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, cuyo conocimiento corresponda de la presente causa, se ordena remitir mediante oficio el presente expediente, a tal efecto al Juzgado Distribuidor de Pr.....