DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, lo siguiente:
1) La HOMOLOGACION, del acto de autocomposición procesal, celebrado en fecha 26 de mayo 2009 por las partes.
2) Se suspende la Medida de Embargo decretada en fecha cuatro (4) de mayo de 2009, y ejecutada por el Juzgado Cuatro Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 15 de mayo de 2009.
3) Se ordena oficiar a la entidad Bancaria Banesco, con el fin solicitado
4) Se ordenar no archivar el expediente hasta tanto haya constancia el cobro efectivo de las cantidades ob.....