Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA POR IMPROCEDENTE LA MEDIDA SOLICITADA (RÉGIMEN ABIERTO) al Penado , ENDRY SEGUNDO PAZ, venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 11/10/74, de 29 años de edad, soltero, obrero, hijo de Alfredo Pérez Michelena (d) y de Ángela Elena Paz, con residencia en Barrio El Milagro Norte, Frente a la Plaza San Benito No 2-46 Maracaibo Estado Zulia, en virtud del Informe Técnico No 946 de fecha 13/01/04 por cuanto no cumple con todos los requisitos previstos en el Artículo 507 de la Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal.