En mérito de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Santa Bárbara y Aguasay de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 243 del Código de Procedimiento Civil, 185-A del Código Civil Vigente y 341 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA INADMISIBLE la solicitud de DIVORCIO 185-A, presentada por los ciudadanos: los ciudadanos: CESAR RAFAEL MENDOZA ROMAN y MARIA JOSEFINA RIVERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 5.701.697 y 10.830.525 y de este domicilio, asistidos por el abogado ERNESTO JOSÉ NATERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 249.211.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en los archivos respectivos, de la presente decisión de conformidad co.....