Ahora bien, desde la entrada en vigencia del señalado Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas que persigue la protección del hogar y la familia y prohíbe los desalojos arbitrarios de inmuebles destinados a vivienda principal; y en razón del procedimiento especial establecido en el mismo, surge una verdadera obligación del poder judicial de la búsqueda de los medios para armonizar en el marco del debido proceso y el derecho a la defensa, consagrados en nuestra Constitución, a los fines de lograr un justo equilibrio entre los intereses que se debaten en un determinado caso; en tal sentido, visto que el petitorio del accionante en la presente causa de REIVINDICACION, persigue entrega material del inmueble objeto de la litis, no puede pasar por alto esta Juzgadora la aplicación de la normativa prevista en los artículos 1, 5 y 10 del mencionado Decreto-Ley, y la Jurisprudencia predominante de nuestro máximo Tribunal, en este sentid.....