EL FALLO
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• HOMOLOGADO el desistimiento formulado por la abogada en ejercicio MARY LUZ PIÑERO, en su carácter de apoderada judicial del tercero adhesivo, ya identificados, y en consecuencia,
• Se deja sin efecto y, por ende, sin ningún valor jurídico, la apelación ejercida por la abogada en ejercicio MARY LUZ PIÑERO, en su carácter de apoderada judicial del tercero adhesivo, mediante diligencia de fecha 04 de marzo de 2015, y ratificada en fecha 05 de marzo de 2015.
Queda de esta manera Confirmada la sentencia recurrida.
No se hace especial pronunciamiento en costas procesales, en virtud de lo decidido.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de confo.....