Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR LA OPOSICIÓN formulada por el ciudadano Gustavo Enrique Loaiza Sánchez, en el presente juicio de Pensión de Alimentos iniciado por la ciudadana Luz Marina Márquez de Loaiza, por los fundamentos antes esbozados.
SEGUNDO: se RATIFICA la MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, decretada en fecha 19 de noviembre de 2013, ejecutada por el Juzgado Segundo Especial (Ejecutor de Medidas) de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez, y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 26 de noviembre de 2013.
TERCERO: se condena en costas a la parte demandada por haber resultado vencida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedi.....