Se absolvió a los acusados Hector Ramón Gonzalez, Oscar del Carmen Marcano y Carlos Enrique Marcano; declarandolos no culpables de la comisión del delito de Homicidio Intencional en Grado de Cooperadores Inmediatos, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, en relación con el artículo 83 ejusdem.