Este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte apelante, ciudadano ANTONIO JOSE BRITO GONZALEZ, a través de sus apoderadas Judiciales, abogadas en ejercicio VIVIANY BRITO y MARIA EUGENIA GONZALEZ, identificadas en autos. SEGUNDO: Se confirma la decisión publicada en fecha 08 de Abril de 2005, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial, modificándose el concepto establecido por el mismo en su decisión, en la forma explanada en la motiva. TERCERO: Remítase el expediente al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, a los fines consiguientes.
Publíquese, Regístrese, Diaricese y Déjese Copia.
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