DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este Juzgado Noveno de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, constituido en forma Unipersonal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÒN PENAL, conforme a lo señalado en el segundo aparte del artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia, de acuerdo a lo previsto en los numerales 3 y 5 del artículo 318, en concordancia con los artículos 322, 323 y 324 Ejusdem, se decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida en contra del ciudadano WILLIANS RAMON MORILLO LOBOS, plenamente identificado al inicio de la presente decisión por la comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en perjuicio del ciudadano JOSE ENRIQUE OLLARVES LÓPEZ, también iden.....