DISPOSITIVO:
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA en el Juicio de Divorcio 185 del Código Civil, seguido por el ciudadano JORGE LUIS LEAL CALDERA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número V-13.023.899, no posee correo electrónico y número de teléfono: 0412-7315803, domiciliado en el Municipio Cabimas del estado Zulia en contra de la ciudadana GYNESKA CAROLINA RAMOS, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad número V-17.842.717, domiciliada en el Municipio Cabimas del estado Zulia.
SEGUNDO: No se hace pronunciamiento sobre las costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: En virtud de la econo.....