En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Homologado el desistimiento del procedimiento suscrito por la parte demandante en el presente juicio que por DIVORCIO sigue la ciudadana MARYORIS DEL CARMEN PADRON MARIN en contra del ciudadano JOSE GREGORIO LEON DELGADO, ya identificados, pasándolo en autoridad de cosa juzgada.
Se ordena el archivo del expediente, en su oportunidad correspondiente.
Se acuerda la devolución de los documentos originales solicitados dejándose copias certificadas en actas.
No hay condenatoria en costas en virtud de que la homologación obedece al propio desistimiento suscrito por la parte demandante.
Déjese por secretaria copias certificadas de este fallo de conformidad con los artículos 248 del Código de Procedimiento Ci.....