III.- Por los fundamentos antes expuestos:
Este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos NESTOR FUENMAYOR y ZULAY BOSCAN plenamente identificados y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día Quince (15) de Agosto de 1.987, por ante el Jefe Civil y Secretaria, respectivamente de la Parroquia Cacique Mara del Municipio Maracaibo, Estado Zulia, Acta Numero 832..-
De la unión matrimonial procrearon un hijo de nombre NESTOR LUIS FUENMAYOR BOSCAN, cedula de identidad Nº.20.146.184, el cual para actualmente es mayor de edad lo cual se pudo corroborar en partida de nacimiento consignada por los solicitantes y igualmente expresan que no obtuvieron bienes que pertenezcan a la comunidad cony.....