En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, y vistos que se encuentran cumplidos los requisitos de procedibilidad para el decretos de la presente Medida Cautelar de Secuestro, este JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA:
PRIMERO: Se decreta MEDIDA DE SECUESTRO, de conformidad con los Articulo 585, 588, 599 Ordinales 2º y 5º, 196, y 244 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario; sobre Fundo agropecuario COREA, formado originalmente por la anexión de los fundos "Santa Ana", "Santa Fé" y "Corea"; Ubicado en el sector conocido como la playa- El Crucero, Parroquia Rosario del Municipio Rosario de Perijá del Zulia, el cual posee una cabida de UN CIENTO DOS HECTÁREAS CON SETENTA Y SIETE CENTIÁREAS (1102,77 Has), alinderado de la siguiente manera: Norte: Hacienda la Gota de Oro; Sur: Hacienda la Valenciana, intermedi.....