DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
CONSUMADO el modo anormal de terminación del proceso, celebrado en el juicio de Cobro de Bolívares, seguido por la Sociedad Mercantil CENTRO CLINICO LOS OLIVOS, C.A., en contra de la Sociedad Mercantil CORPORACION SU VIDA, C.A., ambas identifica¬das en la parte narrativa de este fallo, en consecuencia, se ordena devolver a la parte demandada el cheque N°. 63004711 de fecha dieciocho (18) de Febrero de 2011, girado en contra de la cuenta corriente N°. 01160101410003248356 del Banco Occidental de Descuento, por la cantidad de UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLIVARES (Bs. 1.986,oo). Asimismo, se orden depositar en la cuenta corriente del Tribunal los cheques restantes identif.....