Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos JESUS MARCELINO HERNÁNDEZ SALAZAR e IVETTE ENDORA RINCON FUENMAYOR, mayores de edad, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 10.203.992 y 10.195.843, respectivamente, fundamentada en el contenido del artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se disuelve por Divorcio el vinculo conyugal contraído por los ciudadanos JESUS MARCELINO HERNÁNDEZ SALAZAR e IVETTE ENDORA RINCON FUENMAYOR, dieciséis (16) de marzo de 1990 ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta. SEGUNDO: para su hijo Daniel Dario: La Patria Pot.....