DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA REVOCAR EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO, al penado DANNY JOSE ARANGUREN BARROSO, titular de la cedula de Identidad V-15.974.275, venezolano, natural de Cabimas, mayor de edad, profesión u oficio Obrero, residenciado en el Barrio las Yaguasas, calle El Bosque, casa N° 25, sector San Isidro, Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, por la comisión de un delito distinto a aquel por el cual se le otorgó el beneficio, todo de conformidad con el artículo 511 del Código Orgánico Procesal Penal.- Publíquese, Registrase, Notifíquese
EL JUEZ SEXTO DE EJECUCION.
DR. HUMBERTO CUBILLAN VIVAS.
EL SECRETARIO,
ABOG. RICHARD ECHETO M.
En la misma fecha se registró la anterior resolución bajo el N° 224-08, en los Libros.....