DISPOSITIVO DEL FALLO.
Por todos los fundamentos antes expuesto éste TRIBUNAL DECIMO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA OPOSICIÓN DE LA MEDIDA realizada por el abogado Ángel González, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 83.273 en su condición de apoderado judicial de la parte demandada ciudadanos OSCAR JOSÉ FANTI ARANGU y CARMEN JOSEFINA GONZÁLEZ DE FANTI, venezolanos, mayores de edad, casados, identificados con las cédula de identidad números V.- 3.187.254 y V.- 4.004-582, domiciliados en el municipio Maracaibo del estado Zulia.
SEGUNDO: SE REVOCA el decreto de la medida preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Juzgado en fecha 23 de Septiembre de 2.023, la cual recayó sobre: 1.- Inmueble constituido por un (01) apa.....