Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, constituido en forma unipersonal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al acusado LUIS MANUEL BRICEÑO MONTILLA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° cedula 7.828.821, fecha de nacimiento, 15 de julio de 1964, de 46 años de edad, de profesión u oficio, mecánico, residenciado en Barrio La Polar, calle 188, casa N° 48E-35, hijo de Luis Aurelio Briceño Torres y de Maria de Los Santos Briceño, actualmente recluido en la Cárcel Nacional de Maracaibo, a cumplir las penas de TRECE (13) AÑOS DE PRESIDIO, en el establecimiento carcelario que disponga el respectivo juez de ejecución, calculada provisionalmente para ser cumplida hasta el 14 de febrero de 2024, así como a las accesorias legales de la interdicción civil durante el tiemp.....