II
DECISIÓN:
Por los fundamentos expuestos este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara, en los siguientes términos:
PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer la presente demanda incoada por los abogados Guillermo Morillo Prieto y Remczy Eleazar Márquez Rodríguez, ut supra identificados, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil INVERSIONES RAYMAR, C.A., contra el INSTITUTO DE DESARROLLO SOCIAL (IDES) y los ciudadanos RAUL SOTO, ELIO OCANDO y ELIDA URDANETA.
SEGUNDO: PLANTEA CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70 y 71 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: SE ORDENA REMITIR el presente expediente a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.
CUARTO: SE ORDENA NOTIFICAR de la presente decisión a la Sociedad Mercantil INVERSIONES RAYMAR, C.A. y al INS.....