Por los razonamientos anteriormente vertidos, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES POR PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES siguió la ciudadana NEISY CAROLINA GONZÁLEZ PACHANO contra el fondo de comercio HOTEL NAZI, ambas partes plenamente identificadas en el proceso.
SEGUNDO: Se exime a la ciudadana NEISY CAROLINA GONZÁLEZ PACHANO del pago de las costas del proceso conforme al alcance contenido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.