Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, procede a ejecutar la sentencia dictada en contra de la ciudadana YESENIA GREGORIA VALBUENA RUBIO, titular de la cedula de identidad N° 14.928.029, nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo estado Zulia, de 25 años de edad, de profesión u oficio oficios del hogar, hijo de Freddy Valbuena y María de Valbuena, residenciada en la Av. 127, sector Ciudad del Sol, Edificio Ciudad del Sol, Apto. 6D, Municipio San Francisco del Estado Zulia; a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 452 ordinal 8 Código Penal, cometido en perjuicio del SUPERMERCADO POPULAR, y en consecuencia, se ordena su comparecencia por ante este Tribunal de Ejecución para el día JUEVES 12-.....