Por los razonamientos y fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, declara:
¿ CON LUGAR, apelación interpuesta por el profesional del derecho JESUS ORLANDO ANZOLA, actuando con el carácter de apoderado Judicial de la parte demandante, FUAD ANTONIO NAME GOVEA, contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha 12 de julio de 2007.
¿ ORDENA a quien resulte competente, como órgano de la primera instancia, proseguir el curso de la presente causa a los fines del dictamen que en derecho corresponda.
Queda de esta manera revocada la decisión apelada.
No se hace condenatoria en costas procesales en virtud de lo decidido.