DECISIÓN
Por los hechos y fundamentos de derecho antes explanados, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar SIN LUGAR, la demanda de Desalojo, intentada por el ciudadano RENÉ ARTURO FERNÁNDEZ PEÑA, en contra de la ciudadana NORIS FUENMAYOR, ambos identificados en la parte narrativa del presente fallo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber sido vencida totalmente, se condena en costas del proceso a la parte demandante.
Se hace constar que los Abogados en ejercicio RICARDO OCANDO SILVA y WOLFGANG ROSALES CABALLERO, obraron en el proceso con el carácter de Apoderados Judiciales de la parte demandante, y que las Abo.....