Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO CUARTO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LIBERTAD PLENA POR PENA CUMPLIDA y la EXTINCION DE LA ACCION PENAL, en favor de los penados NELSON DE JESUS SOLARTE, Titular de la Cédula de Identidad N° 7.812.868 y ARNALIA JOSEFINA TORRES VERA, Titular de la Cédula de Identidad N° 7.605.735; todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en concordancia con el artículo 112 ejusdem. Asimismo, se ordena pasar por autoridad de COSA JUZGADA y remitir al ARCHIVO JUDICIAL.
Regístrese la presente Decisión en el Libro respectivo. Se ofició al Presidente del Consejo Nacional Electoral; al Director de Prisiones, División de Antecedentes Penales y Notifíquese a la Fiscal 27 del Ministerio Público, y a la Defensa y Librese Boleta de Citación a los citados penados para que comparez.....