IV
DECISIÓN:
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: EXTINGUIDA la presente causa, en virtud del fallecimiento del ciudadano ANTONIO ADELMO DI LAZZARO SANTILLO (+), venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-5.834.363, domiciliado en el municipio Maracaibo, según el acta de defunción Nº 622, folio 132, Libro 3, de fecha trece (13) de septiembre de 2024, emanada del Registro Civil de la Parroquia Olegario Villalobos del municipio Maracaibo del estado Zulia.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión proferida por este Juzgado en fecha dieciséis (16) de septiembre de 2024, que declara la INTERDICCIÓN PROVISIONAL del ciudadano ANTONIO ADELMO DI LAZZARO SANTILLO (+), con ocasión a la demanda que por INTERDICCIÓN fuera instaurada por la ciudadan.....