En el presente caso, se observa que el demandante acciona contra la ciudadana MERY COROMOTO ROMERO y PEDRO RAFAEL FERNANDEZ MATOS, quienes presuntamente ocupan ilegítimamente el inmueble producto del presente litigio. Ahora bien observa este tribunal que el accionante no demuestra el periculum mora, o el riesgo manifiesto de que quede ilusoria la ejecución del fallo, por lo cual a criterio de quien aquí decide, su solicitud no esta amparada en el buen derecho que requiere el decreto de la medida, motivo por el cual se hace obligante, en consecuencia se niega la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, solicitada, así se decide.
Dr. ARTURO JOSE LUCES T.
EL JUEZ.
ABOG. YOHISKA MUJICA.
LA SECRETARIA.
Exp. 33.470
AJLT/mevc.-