DECLARA:
• Consumado el Acto Procesal del convenimiento sobre Obligación de Manutención, de fecha dos (02) de Octubre de 2013, celebrado por los ciudadanos ANA ESTHER RINCON GONZALEZ y EZEQUIEL AMADO BARBOZA, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V.-16.918.075 y V.-22.484.106 respectivamente, en beneficio de los niños VIVIANA BARBOZA, ELIZABETH BARBOZA y ALEXANDER RINCON de once (11) años, siete (07) años y cinco (05) años de edad respectivamente, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido acuerdo transcrito en la parte narrativa de esta decisión.
• Se ordena expedir las copias certificadas solicitadas.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Juicio, Despacho del Juez Nº 1, del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado.....