En consecuencia, éste JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
o HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO suscrito en el presente juicio de EJECUCION DE HIPOTECA seguido por HOSSAM HUNEIDI HUNEIDI en contra de BOMBA Y REPUESTO LA ESTRELLA DE ORIENTE, C.A., ya identificados, pasándolo en autoridad de cosa Juzgada; y en consecuencia:
o Se suspende la medida de Prohibición de enajenar y Gravar decreta en actas en fecha 04/06/2012 y participadas con oficio No 36.800-753-12 de fecha 04/06/2012. Ofíciese al Registro Subalterno de los Municipios Lagunillas y Valmore Rodríguez del Estado Zulia, haciéndole las participaciones de Ley.
o Se ordena expedir las copias certificadas solicitadas, con inclusión de la diligencia y la presente resolución.-
o No hay condenatoria en costas, en virtud de la naturaleza del pres.....