Por todos los fundamentos expuesto, éste Juzgado de los Municipios Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda que por OBLIGACION DE MANUTENCION, incoara la ciudadana DEISY COROMOTO VILLALOBOS, en contra del ciudadano DARWIN SEGUNDO FUENMAYOR CHACIN, y a favor de los niños (se omiten los nombres de conformidad con el artículo 65 de la ley orgánica de protección de niños niñas y adolescentes). En consecuencia, tomando en cuenta el salario mínimo nacional fijado por el Gobierno Nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, así como también el interés Superior del niño, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 ejusdem, y las necesidades de los mismo, evidenciadas de factores tales como su edad, resuelve:
PRIMERO: se .....